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miércoles, 31 de agosto de 2011
Nostalgia de las pasiones tranquilas.

lunes, 29 de agosto de 2011
Dean Baker: "The End of loser liberalism"

"Progressives need a fundamentally new approach to politics. They have been losing not just because conservatives have so much more money and power, but also because they have accepted the conservatives’ framing of political debates. They have accepted a framing where conservatives want market outcomes whereas liberals want the government to intervene to bring about outcomes that they consider fair.
This is not true. Conservatives rely on the government all the time, most importantly in structuring the market in ways that ensure that income flows upwards. The framing that conservatives like the market while liberals like the government puts liberals in the position of seeming to want to tax the winners to help the losers.
This "loser liberalism" is bad policy and horrible politics. Progressives would be better off fighting battles over the structure of markets so that they don't redistribute income upward. This book describes some of the key areas where progressives can focus their efforts in restructuring market so that more income flows to the bulk of the working population rather than just a small elite."
Un e-libro gratuito que tal vez sea objeto de una próxima reseña en este blog.
domingo, 28 de agosto de 2011
viernes, 26 de agosto de 2011
Nueva redacción del artículo 135 de la Constitución

1. Todas las administraciones públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria.
2. El Estado y las comunidades autónomas no podrán incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus estados miembros.
Una ley orgánica será la que fije el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las comunidades autónomas en relación con su producto interior bruto, mientras que las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario.
3. El Estado y las comunidades habrán de estar autorizados por Ley para emitir deuda pública o contraer crédito.
Los créditos para satisfacer los intereses y el capital de la deuda pública de las administraciones se entenderán siempre incluidos en el estado de gastos de sus presupuestos y su pago gozará de prioridad absoluta.
Estos créditos no podrán ser objeto de enmienda o modificación, mientras se ajusten a las condiciones de la Ley de emisión.
El volumen de deuda pública del conjunto de las administraciones públicas en relación al producto interior bruto del Estado no podrá superar el valor de referencia establecido en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
4. Los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
5. Una ley orgánica desarrollará los principios a que se refiere este artículo, así como la participación, en los procedimientos respectivos, de los órganos de coordinación institucional entre las administraciones públicas en materia de política fiscal y financiera.
6. Las Comunidades Autónomas, de acuerdo con sus respectivos Estatutos y dentro de los límites a que se refiere este artículo, adoptarán las disposiciones que procedan para la aplicación efectiva del principio de estabilidad en sus normas y decisiones presupuestarias.
Disposición adicional única
1. La Ley Orgánica prevista en el artículo 135 de la Constitución Española deberá estar aprobada antes de 30 de junio de 2012.
2. Dicha ley contemplará los mecanismos que permitan el cumplimiento del límite de deuda a que se refiere el artículo 135.3.
2. Los límites de déficit estructural establecidos en el 135.2 de la Constitución Española entrarán en vigor a partir de 2020.
Disposición final única
La presente reforma del artículo 135 de la Constitución Española entrará en vigor el mismo día de la publicación de su texto oficial en el Boletín Oficial del Estado. Se publicará también en las demás lenguas de España.
Los curiosos pueden repasar la norma constitucional alemana y establecer comparaciones (Arts.109/3 y 4) y también conocer el contenido del acuerdo político que ha hermanado a las dos formaciones mayoritarias del Parlamento Español.
***Gráfico tomado de 'El Confidencial'(27.08.11)
Prorrogada la prohibición de posiciones cortas
